EL DÍA DEL NIÑO

 

* Inalienables los Derechos del Niño

 

Los Derechos del Niño cada vez de mayor importancia en el mundo y su gran impulso se realiza durante la Convención Internacional de Ginebra, celebrada en 1924, en donde las naciones participantes acordaron emitir una Declaración de los Derechos del Niño, afirmando que "en la Declaración de Ginebra, los hombres y mujeres de todas las naciones, reconociendo que la humanidad debe dar al niño lo mejor de sí misma, declaran y aceptan como deber, por encima de toda consideración de raza, nacionalidad o creencia, que:

1.- El niño debe ser puesto en condiciones de desarrollarse normalmente desde el punto de vista material y espiritual.

2.- El niño hambriento debe ser alimentado, el niño enfermo debe ser atendido, el niño deficiente debe ser ayudado, el niño desadaptado debe ser radicado, el huérfano y el abandonado deben ser recogidos y ayudados.

3.- El niño debe ser el primero en recibir socorro en caso de calamidad.

4.- El niño debe ser puesto en condiciones de ganarse la vida y debe ser protegido de cualquier explotación.

5.- El niño debe ser educado inculcándole el sentimiento del deber que tiene de poner sus mejores cualidades al servicio del prójimo.

En 1954 la Asamblea General de la ONU aprobó una resolución a través de la cual se establecería el “Día Universal del Niño” con el fin de promover anualmente un día consagrado a la fraternidad y entendimiento entre los niños y niñas del mundo entero. El organismo encargado para desarrollar ese proyecto fue la UNICEF.

Desde entonces, son más de cien los países que celebran la fecha, a pesar de que la fecha estipulada varía de acuerdo al lugar. En México corresponde el 30 de abril.

Aunque por lo general, se organizan una serie de actividades culturales de entretenimiento y expresión artística, El Día del Niño es una oportunidad para reafirmar los derechos universales de estos.

Durante la Asamblea General de la ONU en su resolución 1386 (XIV), del 20 de noviembre de 1959 es proclamada “la Declaración de los Derechos del Niño”.

El documento histórico, que reconoce como inalienables los Derechos del Niño está compuesto por un Preámbulo, 10 Principios Generales y 54 Artículos, además establecía un Comité de los Derechos del Niño.

En lo relativo al Comité establece que: “El Comité de los Derechos del Niño es el órgano que supervisa la forma en que los Estados cumplen sus obligaciones derivadas de la Convención sobre los Derechos del Niño. Cuando un país ratifica la Convención, asume la obligación jurídica de implementar los derechos reconocidos por el tratado. Pero la firma no es más que un primer paso, pues el reconocimiento de los derechos sobre papel no basta para garantizar su efectivo goce en la práctica. En consecuencia, el país asume la obligación complementaria de presentar informes periódicos al Comité sobre la manera en que se facilita el ejercicio de los derechos. Este sistema de vigilancia de los derechos humanos es común a todos los tratados de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos”.

Actualmente el Comité se compone por expertos de diversos países integrantes, naturalmente, de la ONU, adscritos al Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), que tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de los derechos de niñas y niños a nivel internacional.

 

Autor: Raúl Espinosa Gamboa. Cancún Quintana Roo, México.

raesgam@yahoo.com.mx

 

 

 

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