* Inalienables los Derechos del Niño
Los Derechos del Niño cada vez de mayor importancia
en el mundo y su gran impulso se realiza durante la Convención Internacional de
Ginebra, celebrada en 1924, en donde las naciones participantes acordaron
emitir una Declaración de los Derechos del Niño, afirmando que "en la
Declaración de Ginebra, los hombres y mujeres de todas las naciones,
reconociendo que la humanidad debe dar al niño lo mejor de sí misma, declaran y
aceptan como deber, por encima de toda consideración de raza, nacionalidad o
creencia, que:
1.- El niño debe ser puesto en condiciones
de desarrollarse normalmente desde el punto de vista material y espiritual.
2.- El niño hambriento debe ser
alimentado, el niño enfermo debe ser atendido, el niño deficiente debe ser
ayudado, el niño desadaptado debe ser radicado, el huérfano y el abandonado
deben ser recogidos y ayudados.
3.- El niño debe ser el primero en
recibir socorro en caso de calamidad.
4.- El niño debe ser puesto en
condiciones de ganarse la vida y debe ser protegido de cualquier explotación.
5.- El niño debe ser educado inculcándole
el sentimiento del deber que tiene de poner sus mejores cualidades al servicio
del prójimo.
En 1954 la Asamblea General de la ONU
aprobó una resolución a través de la cual se establecería el “Día Universal del
Niño” con el fin de promover anualmente un día consagrado a la fraternidad y
entendimiento entre los niños y niñas del mundo entero. El organismo encargado
para desarrollar ese proyecto fue la UNICEF.
Desde entonces, son más de cien los
países que celebran la fecha, a pesar de que la fecha estipulada varía de
acuerdo al lugar. En México corresponde el 30 de abril.
Aunque por lo general, se organizan una
serie de actividades culturales de entretenimiento y expresión artística, El
Día del Niño es una oportunidad para reafirmar los derechos universales de
estos.
Durante la Asamblea General de la ONU en
su resolución 1386 (XIV), del 20 de noviembre de 1959 es proclamada “la
Declaración de los Derechos del Niño”.
El documento histórico, que reconoce
como inalienables los Derechos del Niño está compuesto por un Preámbulo, 10
Principios Generales y 54 Artículos, además establecía un Comité de los
Derechos del Niño.
En lo relativo al Comité establece que:
“El Comité de los Derechos del Niño es el órgano que supervisa la forma en que
los Estados cumplen sus obligaciones derivadas de la Convención sobre los
Derechos del Niño. Cuando un país ratifica la Convención, asume la obligación
jurídica de implementar los derechos reconocidos por el tratado. Pero la firma
no es más que un primer paso, pues el reconocimiento de los derechos sobre
papel no basta para garantizar su efectivo goce en la práctica. En
consecuencia, el país asume la obligación complementaria de presentar informes
periódicos al Comité sobre la manera en que se facilita el ejercicio de los derechos.
Este sistema de vigilancia de los derechos humanos es común a todos los
tratados de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos”.
Actualmente el Comité se compone por
expertos de diversos países integrantes, naturalmente, de la ONU, adscritos al
Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), que tiene como objetivo
garantizar el cumplimiento de los derechos de niñas y niños a nivel
internacional.
Autor: Raúl Espinosa Gamboa. Cancún
Quintana Roo, México.
raesgam@yahoo.com.mx