¿DISCRIMINACIÓN A FUMADORES O AL HUMO?

 

«Toda persona tiene derecho a la protección de la salud…

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.»

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 4º.

 

¿Cuando pedimos a una persona que no fume frente a nosotros o nuestros hijos la estamos discriminando? ¿Pedir que respeten el aire que respiramos es discriminación? Es preciso subrayar que la discriminación contra los fumadores no debe existir.

 

Fue costumbre que cuando llegábamos a un restaurante nos preguntaran, ¿zona de fumar o de no fumar? ¿Saben quién ha apoyado que existan zonas de fumar y no fumar? La industria tabacalera. Desde hace más de 20 años la industria proponía que los fumadores y los no fumadores “convivieran en armonía” asignando zonas para fumar y no fumar. [1] Pero, en esta frase, se encierra la falacia: los fumadores y los no fumadores pueden convivir en armonía, pero el humo de tabaco no. El humo de tabaco no respeta señalamientos, no se detiene en una parte del salón o recinto; si se le ponen filtros de aire, los salta; si se ponen paredes y puertas, se escapa hacia las zonas no permitidas. Se ha intentado de todo, pero no se ha podido controlar su diseminación en áreas cerradas, a niveles de riesgo tolerables.

 

El humo de tabaco no discrimina entre los pulmones de los fumadores y los de los no fumadores. De poco sirve que la gente se aleje de donde se produce el humo, se ha demostrado que ser fumador pasivo donde se fuma mucho, es casi tan riesgoso como fumar dos o tres cigarros al día. Los efectos pueden ser tan rápidos que en cuestión de minutos u horas, la fisiología de nuestro cuerpo cambie y el riesgo de problemas en el corazón o el sistema circulatorio aumente.

 

Si los legisladores promulgaran una ley o reglamento donde se discriminara fumadores o les prohibiera fumar podría ser anticonstitucional.

 

Pero si la ley sólo restringe o prohíbe producir humo en lugares públicos cerrados, no se considera discriminación, porque sólo se busca garantizar el derecho a la salud de cualquier persona.

 

El humo de tabaco es considerado un contaminante ambiental, un agente que causa decenas de problemas de salud. Como cualquier otro contaminante ambiental, se debe restringir o prohibir su producción. Nadie puede contaminar el ambiente, que es un bien común.

 

Que no hagan humo con las palabras. Una cosa es la discriminación, con la que nadie estamos de acuerdo, y otra el respeto que nos merecemos los no fumadores.

 

FUMADORES Y NO FUMADORES BIENVENIDOS. EL HUMO DE TABACO NO.

 

1.      Dearlove, J., S.A. Bialous, and S.A. Glantz, Tobacco industry manipulation of the hospitality industry to maintain smoking in public places. Tobacco Control, 2002. 11(2).

 

Autores: Equipo de trabajo Por una Cultura Libre de Humo de Tabaco que ha colaborado con el Dr. James Thrasher del INSP de Cuernavaca Morelos.

Enviado por: Olivia Ortiz. México, Distrito Federal.

olivia.ortiz.ramirez@gmail.com

 

 

 

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