¿DISCRIMINACIÓN
A FUMADORES O AL HUMO?
«Toda persona tiene derecho a la
protección de la salud…
Toda persona tiene derecho a un medio
ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar.»
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, Art. 4º.
¿Cuando pedimos a una persona que no
fume frente a nosotros o nuestros hijos la estamos discriminando? ¿Pedir que
respeten el aire que respiramos es discriminación? Es preciso subrayar que la
discriminación contra los fumadores no debe existir.
Fue costumbre que cuando llegábamos a un
restaurante nos preguntaran, ¿zona de fumar o de no fumar? ¿Saben quién ha
apoyado que existan zonas de fumar y no fumar? La industria tabacalera. Desde
hace más de 20 años la industria proponía que los fumadores y los no fumadores
“convivieran en armonía” asignando zonas para fumar y no fumar. [1] Pero, en
esta frase, se encierra la falacia: los fumadores y los no fumadores pueden
convivir en armonía, pero el humo de tabaco no. El humo de tabaco no respeta
señalamientos, no se detiene en una parte del salón o recinto; si se le ponen
filtros de aire, los salta; si se ponen paredes y puertas, se escapa hacia las
zonas no permitidas. Se ha intentado de todo, pero no se ha podido controlar su
diseminación en áreas cerradas, a niveles de riesgo tolerables.
El humo de tabaco no discrimina entre
los pulmones de los fumadores y los de los no fumadores. De poco sirve que la
gente se aleje de donde se produce el humo, se ha demostrado que ser fumador
pasivo donde se fuma mucho, es casi tan riesgoso como fumar dos o tres cigarros
al día. Los efectos pueden ser tan rápidos que en cuestión de minutos u horas,
la fisiología de nuestro cuerpo cambie y el riesgo de problemas en el corazón o
el sistema circulatorio aumente.
Si los legisladores promulgaran una ley
o reglamento donde se discriminara fumadores o les prohibiera fumar podría ser
anticonstitucional.
Pero si la ley sólo restringe o prohíbe
producir humo en lugares públicos cerrados, no se considera discriminación,
porque sólo se busca garantizar el derecho a la salud de cualquier persona.
El humo de tabaco es considerado un
contaminante ambiental, un agente que causa decenas de problemas de salud. Como
cualquier otro contaminante ambiental, se debe restringir o prohibir su producción.
Nadie puede contaminar el ambiente, que es un bien común.
Que no hagan humo con las palabras. Una
cosa es la discriminación, con la que nadie estamos de acuerdo, y otra el
respeto que nos merecemos los no fumadores.
FUMADORES Y NO FUMADORES BIENVENIDOS. EL
HUMO DE TABACO NO.
1. Dearlove, J., S.A. Bialous, and S.A.
Glantz, Tobacco industry manipulation of the hospitality industry to maintain
smoking in public places. Tobacco Control, 2002. 11(2).
Autores: Equipo de trabajo Por una Cultura
Libre de Humo de Tabaco que ha colaborado con el Dr. James Thrasher del INSP de
Cuernavaca Morelos.
Enviado por: Olivia
Ortiz. México, Distrito Federal.
olivia.ortiz.ramirez@gmail.com