DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Fundamentados en los Derechos Humanos Universales y en atención a la diversidad que existe en nuestro planeta, los discapacitados al estar en desventaja en cuanto a derechos, respeto y libertad, la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos, el 7 de junio de 1999. En representación de la Convención Latinoamericana establecen los Derechos de las personas con Discapacidad.

La discapacidad es una deficiencia física, mental o sensorial, de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, y que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social.

OEA, 7 de junio de 1999.

La discriminación es la distinción que se hace hacia las personas con discapacidad. Es una práctica que impide o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y libertades fundamentales.

Tomando en cuenta que las personas con discapacidad tenemos los mismos derechos que todos los seres humanos y considerando esto se expresó la igualdad de Oportunidades cuyo objetivo es establecer medidas eficaces para lograr la igualdad y la participación plena en la sociedad

Estos Derechos son:

- Derecho a la igualdad: Todos los seres humanos nacemos libres e iguales en dignidad y derechos.

- Derecho al libre desplazamiento: Eliminación y adecuaciones de las barreras físicas con el fin de tener acceso a las instalaciones de salud, educación, trabajo, cultura, etcétera.

- Derecho al trabajo: Todas las personas tenemos derecho al trabajo y, sin discriminación, a igual salario por trabajo igual.

- Derecho al desarrollo social: El Estado debe hacer adecuaciones a los lugares donde se lleven a cabo actividades recreativas y deportivas para que éstos sean accesibles.

- Derecho a la Educación: Las instalaciones en los diferentes centros educativos deben comprender entornos integrados para un mejor desarrollo de las personas con discapacidad, así como la flexibilidad tanto de los horarios como de los maestros.

- Derecho a la Salud: Es importante que el Estado facilite la prestación médica en materia de prevención, atención y rehabilitación, y considere siempre que la discapacidad no es una enfermedad.

- Derecho a la rehabilitación: Se deben asegurar servicios de estos a fin de que las personas con discapacidad alcancen y mantengan un nivel óptimo de autonomía y movilidad.

- Derecho a contar con personal capacitado: Se debe contar con personal especializado y capacitado en el área para atendernos en la escuela, en hospitales y lograr así un mejor desempeño de nuestras labores.

- Derecho a Decidir: Todos tenemos derecho a tomar nuestras propias decisiones, cargando con la responsabilidad que de ella se genere.

- Derecho al asociacionismo: Tenemos derecho a formar agrupaciones, participar en agrupaciones, asociaciones y sociedades, asumiendo las responsabilidades que ello implique.

- Derecho a la recreación y esparcimiento: Todos tenemos derecho a disfrutar del descanso y el ocio.

- Derecho a la readaptación social y profesional: Todos tenemos derecho a ser apoyados para integrarnos a la sociedad y al ámbito laboral.

Estos derechos solo van a ser logrados en el momento en que tanto los afectados, la sociedad y los gobiernos asumamos nuestra condición, respetemos las normas y leyes que se han establecido y las que están por establecerse, con base en el entendimiento, la comprensión, la responsabilidad y el respeto compartido.

Autora: Elvia Uribe Llamas

Ameca, Jalisco, México.

Correo electrónico elviauribell@yahoo.com.mx

 

 

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