A 2
meses del Día internacional de las Personas con discapacidad, su exclusión es
peor.
"No se puede practicar la justicia en un lugar donde se
ignora la dignidad humana". José M. Arrizmendiarreta
La Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad
(CDPD), fue adoptada unánimemente por la Asamblea General de las Naciones
Unidas el 13 de diciembre de 2006. El Salvador se convirtió en Estado Parte 11
meses después.
Pasaron 16 años para que las personas con discapacidad (PCD)
tuviéramos una Ley que desarrollara la CDPD y nos amparara. Fue hasta el 3 de
septiembre de 2020 que se publicó la Ley Especial de Inclusión de las personas
con discapacidad.
Pese a que ambas prohíben la discriminación y mandan establecer
acciones que fomenten la inclusión de las PCD; en el País con un Gobierno que,
supuestamente iba a hacer las cosas diferentes y fomentar la “tolerancia e
inclusión”, estas disposiciones de obligatorio cumplimiento, parecen haberse quedado
en letra muerta, no se cumplen ni les interesa cumplir.
La Constitución de la República (que el Gobierno busca cambiar),
Instrumentos Internacionales de derechos humanos y legislación, garantizan la
libertad de expresión; Normativa nacional e internacional que igualmente parece
ser letra muerta cuando se trata de expresar ideas y opiniones que “molestan o
incomodan” a seguidores o miembros del actual Gobierno, aunque dichas opiniones
sólo pretendan exponer el punto de la discapacidad; en el caso específico,
diciendo que para utilizar el activo digital Bitcoin se usa una Billetera o
aplicación en el teléfono celular que es excluyente.
La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad, en
su Artículo 21, expresa literalmente que se debe “Alentar a las entidades
privadas que presten servicios al público en general, incluso mediante
Internet, a que proporcionen información y servicios en formatos que las
personas con discapacidad puedan utilizar y a los que tengan acceso”.
Esta aplicación, por razones Económicas y técnicas no puede ser
usada por toda o la gran mayoría de personas con discapacidad visual que no
tienen acceso a adquirir teléfonos celulares con la tecnología que requiere; de
igual manera, la mayoría viven en situación de pobreza y los adultos con
discapacidad, según Encuesta del CONAIPD, en gran parte, tienen escolaridad de
4º grado.
Como lo establece la Ley y lo han recalcado Funcionarios, todos
los agentes económicos “deben” aceptar el pago en bitcoin; es decir, cada
comercio o empresa está obligado a aceptarlo, incluyendo a micro empresarios
con discapacidad visual en situación de pobreza, ya que desde el 7 de
septiembre, circula como moneda de curso legal en el País.
Ante la incertidumbre e imposibilidad que tendrán la gran mayoría
de micro empresarios con discapacidad visual para usarla y para no incurrir en
multas, pequeñas Casas de masajes y talleres de personas con ceguera serán
forzados a cerrar; propiciando el aumento del desempleo de personas de nuestro
Sector gravemente discriminado en el acceso al trabajo y empleo.
El artículo 27.
El único artículo DE LA Ley bitcoin que establece excepciones y no
menciona expresamente a la discapacidad, es el artículo 12 que literalmente se
cita:
“Quedan excluidos de la obligación
expresada en el artículo 7 de la presente ley, quienes por hecho notorio y de
manera evidente no tengan acceso
A las tecnologías que permitan ejecutar
transacciones en bitcoin. El Estado promoverá la capacitación y mecanismos
necesarios para que la población pueda acceder a transacciones en bitcoin.”
La Asamblea Legislativa y el Ministerio de Economía no estimaron
de utilidad consultar a la Población con Discapacidad (uno de los Sectores
Vulnerables de la Población) ni mencionar nada sobre la Brecha digital, el
acceso y uso de las tecnologías de la información y comunicación según la discapacidad
ni la situación de pobreza en la que viven amplios sectores de la Población
salvadoreña. Incluso, esquivaron la obligación contenida en el inciso o del
Preámbulo de la Convención, que dice:
“o. Considerando que las personas con discapacidad deben tener la
oportunidad de participar activamente en los procesos de adopción de decisiones
sobre políticas y programas, incluidos los que les afectan directamente”.
Contrariamente, por hacer uso de la libertad de expresión y sin
ninguna ofensa a funcionarios de Gobierno, empleados del mismo, miembros del
Partido oficial ni de sus seguidores, decir que No estaba de acuerdo que se
usen millones del presupuesto nacional para implementar el uso del bitcoin y
que su aplicación era discriminatoria hacia las personas con discapacidad
visual, fui objeto de burlas y ofensas por mi discapacidad visual y expresiones
contra la discapacidad; algunos comentarios con nombres o seudónimos se
mencionan a continuación:
Santos Ramírez del Cid, @chequel54: Tal vez aprende en clave
Morse; @Omega75436305: Choco y pendejo ese tipo...Cara sonriente con boca
abierta y sudor frío Cara; franco @frenkparedes: "Algo no cuadra con esta
persona no vidente, puede leer twit pero no podrá usar
Otro tipo de aplicación…"; @walter_serrano: Amantes no dijo
para los que no tenemos manos (espero me ayuden a denunciar a estas personas en
Twitter).
Las anteriores personas que se ocultan en seudónimos conocían mi
discapacidad, demostraron su insensibilidad e intolerancia hacia la
discapacidad; así como la ignorancia de nuestras necesidades específicas. Qué
ha hecho el Gobierno que supervisa y vigila las Redes Sociales, Nada.
Lo más triste es el silencio de Organizaciones y Fundaciones que
dicen defender los derechos de las Personas Con Discapacidad. Pese a que
afectará a sus miembros y a personas que no pertenecemos a ninguna, ninguna
Organización de y para personas con discapacidad ha manifestado públicamente
que nos afectará. No ha propuesto al Gobierno la necesidad de reformar la Ley
para incluir en las excepciones a personas con discapacidad visual,
sordoceguera, con otra discapacidad y a personas con múltiples discapacidades.
Igual es el silencio de la Mesa Consultiva sobre discapacidad que
periódicamente se reúne en la Procuraduría para la defensa de los derechos
humanos (PDDH).
Tampoco se ha pronunciado el Presidente del Pleno (máxima
autoridad del Consejo), los Concejales por la Sociedad Civil de las personas
con discapacidad y la Dirección Ejecutiva del Consejo Nacional para la
Inclusión de las Personas con Discapacidad (CONAIPD), ni la PDDH, que además de
velar por el cumplimiento de los derechos humanos en el País y ser la
Institución observadora del CONAIPD, tiene una Dirección de discapacidad y
derechos humanos.
Vale decir que el Pleno del CONAIPD ESTÁ CONFORMADO POR 7
Ministros de Estado, El Procurador General, 7 “representantes titulares y sus
suplentes provenientes de la sociedad civil, organizados en asociaciones Y
FUNDACIONES DE Y PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Seguramente, debido a que en su conformación participan
Instituciones de Gobierno, no se pronunciaron para no contradecir la línea
oficial.
El CONAIPD es el “ente rector de la Política Nacional de Inclusión
de las Personas con Discapacidad y de todas aquellas medidas y acciones encaminadas
al cumplimiento de sus derechos. También será responsable del seguimiento y
monitoreo para el cumplimiento de la misma” (artículo 11 de la Ley).
Si así es la cuestionable “imparcialidad e independencia” del
CONAIPD y las displicentes actitudes de Organizaciones y fundaciones de
personas con discapacidad, de la Mesa Permanente de la Procuraduría para la
defensa de los derechos humanos, de esa Institución y de su Jefatura sobre los
derechos humanos de las Personas Con Discapacidad, ¿dónde queda lo establecido
en el Artículo 33 2 de la CDPD, si no hacen lo que les mandata?:
“Los Estados Partes, de conformidad con sus sistemas jurídicos y
administrativos, mantendrán, reforzarán, designarán o establecerán, a nivel
nacional, un marco, que constará de uno o varios mecanismos independientes,
para promover, proteger y supervisar la aplicación de la presente Convención.”
Con la imagen que reflejan, no me extraña que el actual Gobierno
haga igual que han hecho los anteriores; solamente que en este las muestras de
intolerancia y exclusión de funcionarios y personas afines al Gobierno y
Partido Oficial son más evidentes.
El Estado continúa restringiendo el acceso a los derechos y
libertades fundamentales de las Personas Con Discapacidad. Exclusión más
evidente en las personas con discapacidad sensorial, sobre todo de personas con
ceguera, sordas y sordo ciegas, violando no sólo la CIPD, sino el C111 Convenio
sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 y el C159 Convenio sobre la
readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983; violaciones
reiteradas sin que al Estado le interese, ni se pronuncie ninguna Organización
de la Sociedad Civil de PCD, la PDDH, la OIT ni el Comité de Expertos de la
Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Un ejemplo de discriminación y caso inaudito es el de una persona
con discapacidad a la que, faltando a las normas de seguridad en el trabajo,
más tratándose de un País sísmico, fue al único empleado de la oficina al que
colocaron su escritorio debajo de las escaleras del Edificio; sin considerar el
artículo 27. 1. i. de la CDPD que expresa:
"Velar por que se realicen ajustes razonables para las
personas con discapacidad en el lugar de trabajo").
Espero que su situación laboral haya cambiado; sin embargo, la
actitud del Empleador y compañeros de trabajo son una muestra de la
insensibilidad del Estado, Gobierno y Sociedad de este "País de Renta
Media” prácticamente en quiebra económica y social, que siguiendo el discurso
de lo políticamente correcto, se dicen más incluyentes y tolerantes.
Como digo cada 3 de diciembre:
"Las acciones que satisfacen necesidades y posibilitan el
cumplimiento de sueños convertidos en Realidad de las Personas con discapacidad
no se logran con Discursos retóricos de Funcionarios, Políticos y
Representantes de la Sociedad Civil; los derechos y libertades fundamentales no
se cumplen con frases improvisadas y recitadas por la conmemoración de una
Fecha sino por el efectivo cumplimiento de todos nuestros derechos humanos con
perspectiva de Discapacidad."
«Los ojos no sirven de nada a un cerebro
ciego». Proverbio Armenio
Autor: Alexander Kellman Rodríguez. San Salvador, El Salvador.