La
discapacidad en las políticas públicas.
Entendida como el conjunto de
lineamientos que configuran y
direccionan el cómo y el quehacer
del Estado, las políticas públicas dirigidas a la población con discapacidad, demanda
de un muy serio examen que contribuyan a la toma de conciencia sobre lo
importante que significa adoptar uno u otro enfoque en este campo,
particularmente en materia de discapacidad.
En las últimas décadas, la región
Latinoamericana, ha desarrollado sus políticas públicas hacia la población con
discapacidad, teniendo como disyuntiva el enfoque de la focalización versus el
enfoque de la transversalización. Disyuntiva que no solo se observa en el campo
de la discapacidad sino para el resto de los grupos vulnerables, mujer, niñez,
juventud entre otros.
Luego de abandonar el modelo
rehabilitatorio y segregativo de atención, no pocas han sido las discusiones
sobre ¿Cuál es la mejor manera para impulsar el desarrollo de las personas con
discapacidad? Esta discusión gira en torno a disyuntivas como:
transversalización versus focalización; entidades verticales versus entidades
horizontales.
El principio de
transversalización se contrapone al de focalización, toda vez que el primero
supone la supresión de toda entidad dedicada a la atención específica de una
población determinada para dar paso a una atención transversal, esto es, que
cada entidad del Estado brinda al ciudadano el servicio que corresponde de
acuerdo a sus competencias.
La focalización, que supone la
atención especializada a través de alguna entidad, argumenta que a través de
tales entidades se garantiza servicios especializados, personal técnico, pero
ante todo la separación de un presupuesto del Estado. Presupuesto que pudiese
diluirse o hasta perderse con la aplicación de políticas transversales, al
quedar incluido en distintas entidades. A la focalización se ataca su carácter
segregacionista, en tanto que a la transversalización se le acusa de promover
políticas economicistas destinadas a eliminar servicios a fin de minimizar
costos.
La disyuntiva entre verticalidad
versus horizontalidad, tiene que ver con el lugar que ocupa la entidad dentro
de la estructura del Estado y su nivel de eficacia en el cumplimiento de sus
tareas. El carácter vertical de tales entidades, (entidad adscrita a la
presidencia) implica quedar dependiendo de los vaivenes políticos; pero a la
vez, dada su ubicación en la cúspide de la estructura, ello posibilita cumplir
con mayor eficacia la misión de promover el cumplimiento de los servicios que
corresponde a cada institución
El carácter horizontal o paralelo
de tales entidades (entidad autónoma o adscrita a algún ministerio) tiene como
debilidad, que se le dificulta cumplir con eficacia la misión de impulsar la
inclusión y el desarrollo de servicios destinado a esta población, toda vez que
suele no reconocérsele como autoridad dentro de la estructura Estatal, de otro
lado, se afirma que la naturaleza autónoma de tales entidades garantiza el
desarrollo permanente de políticas sobre discapacidad dentro del Estado.
Autor: Profesor
Fausto Pérez. Panamá, Panamá.
Docente investigador.