GÉNERO Y DISCAPACIDAD:
La mujer con discapacidad es víctima
de una doble discriminación que se cierne sobre ella como un velo negativo de
malos tratos, menoscabos y vejaciones en su condición de ser humano: por una parte
se es mujer y, por otra, para colmo de males, se es persona con
discapacidad. Amén de ambas condiciones,
se ve sometida a un trato
discriminatorio por partida doble, que la limita en el goce y disfrute
de sus derechos fundamentales como ser humano.
Esta doble exclusión le representa
una serie de obstáculos e impedimentos que le limitan el ejercicio de sus
derechos y obligaciones, su participación en la vida social y la plena
realización de sus proyectos personales en igualdad de condiciones con el resto
del conglomerado social, incluso en comparación con el varón con necesidades
especiales. Si bien este es objeto de discriminación por su condición de
discapacidad, no lo es por la temática de género. De igual forma ocurre si hacemos un parangón
con respecto a la mujer estándar, pues esta no debe enfrentar los
desequilibrios derivados del hecho de
presentar alguna discapacidad.
Cabe
mencionar, como dato curioso, que las mujeres con discapacidad, incluso dentro del
sistema de protección de los derechos humanos de
La grave omisión presente en
Se
evidencia, entonces, que la aseveración de que “la mujer con discapacidad es
doblemente discriminada y menoscabada en su condición de ser humano”, no es una
ocurrencia sino una realidad tangible.
Cabe
destacar que ninguna de las dos situaciones desventajosas tiene justificación:
son inaceptables y odiosas las diferenciaciones perpetradas en uno u otro caso,
y ambas se deben corregir y erradicar con la mayor brevedad posible.
Autora:
Jackeline
Ulloa Mora. Alajuela,
Costa
Rica.